viernes, 3 de agosto de 2018

GUIA DE PRACTICAS HIGIÉNICAS. INSTITUTO MUNICIPAL DE SALUD PUBLICA DE ZARAGOZA

 Expediente número: 610/2018







Condiciones que deben de cumplir las actividades de alimentación y/o bebidas no permanentes o ambulantes que se organizan y desarrollan en nuestra ciudad, a los efectos de cumplir la normativa sanitaria, dado que existe un número cada día creciente de éstas y algunas no se comunican o lo hacen con insuficiente antelación. En determinados actos se han detectado bien por inspecciones sanitarias, bien por quejas y denuncias de ciudadanos o de asociaciones, prácticas no higiénicas, así como deficiencias de índole sanitario que no deberían de realizarse.

Como instrumento para ayudar a los operadores de empresa alimentaria a cumplir las normas sobre higiene de los alimentos y a aplicar los principios del autocontrol se presenta esta Guía de prácticas.



GUIA DE PRACTICAS HIGIENICAS CORRECTAS E IN CORRECTAS EN MATERIA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA. PERMITIDAS Y PROHIBIDAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE ALIMENTACION NO PERMANENTES.



A)    ESTABLECIMIENTOS DE VENTA DE ALIMENTOS

I.                     CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS TITULARES:

-   
      Las estructuras de los puestos (suelos, paredes, techos) y las superficies serán de materiales de fácil limpieza v desinfección. Estarán cubiertos (techo. toldo o-similar en su totalidad v por lo menos por un lateral para evitar posibles contaminaciones y la incidencia directa del sol.

-         Las superficies, equipos y utensilios que contacten con los alimentos serán de materiales impermeables, de fácil limpieza y desinfección. Así mismo las superficies que contacten con los alimentos serán de materiales impermeables, de fácil limpieza y desinfección.

-         Todos los alimentos se expenderán envasados en las porciones que se quieran vender, conservando el etiquetado e información, así como la trazabilidad, y permitiéndose la degustación de los mismos si existe un punto de agua potable para limpieza correcta de manos y utensilios.

-         Dispondrán de instalaciones que protejan a los alimentos y equipos de conservación a temperatura regulada (frigoríficos, congeladores) con termómetro, con la capacidad suficiente para las materias primas, productos intermedios y finales que correspondan con la actividad que realicen y que así lo requieran. Especialmente en caso de los productos de pastelería de riesgo (cremas v otros rellenos) no perderá la cadena de frío v estarán completamente protegidos (cámaras frigoríficas, vitrinas expositoras de frío).

-          Los manipuladores dispondrán en el puesto, de la documentación que acredite-que poseen instrucción y formación en cuestiones de higiene alimentaria y en materia de alérgenos e intolerancias de acuerdo con su actividad laboral y realizarán buenas prácticas de manipulación de los alimentos.

-         Los alimentos deberán estarán debidamente envasados y etiquetados, y con la documentación comercial que ampare la procedencia legal de los productos a la venta, a disposición de la inspección. Ésta deberá estar en el puesto a disposición de la inspección.



2. PRACTICAS PROHIBIDAS

-         La venta, suministro y servicio de alimentos sin envasar. 

-      
        Presencia de alimentos de riesgo (productos de pastelería, productos cárnicos, quesos.... Que requieran refrigeración, etc.) que no garanticen haber mantenido la cadena de frío.

-         La venta, suministro y servicio de alimentos elaborados en establecimientos que no posean la autorización o inscripción en el registro correspondiente.

-         Uso de superficies de madera o de materiales no impermeables.

-         Exponer alimentos no envasados sin protección dentro vitrinas o mostradores que serán frigoríficos en caso necesario.





B)    ESTABLECIMIENTOS DE COMIDAS PREPARADAS TABERNAS. BARES. ETC)


1.     CONDICIONES QUE DEBEN CUMPLIR:

-         Las estructuras de los puestos (suelos, paredes, techos) serán de materiales de fácil limpieza y desinfección. Estarán cubiertos (techo, toldo o similar) en su totalidad y por lo menos por un lateral para evitar posibles contaminaciones y la incidencia directa del sol.
-          
-         Las superficies, equipos y utensilios que contacten con los alimentos serán de materiales impermeables, de fácil limpieza y desinfección.
-          
-         Las zonas de manipulación de alimentos estarán independizadas de otras ajenas a su cometido específico (bajo cubierta y separado de fuentes den contaminación). Dispondrán de superficie y, espacio de trabajo suficiente para el volumen de alimentos que se manipulen. En casetas de feria y similares, los puntos de calor (cocinas, planchas, freidoras), dispondrán sobre ellos de una extracción adecuada y suficiente.

-         Dispondrán de instalaciones y equipos de conservación a temperatura regulada y con termómetro, con la capacidad suficiente para las materias primas, productos intermedios y finales que correspondan con la actividad que realicen y que así lo requieran. Los alimentos ya elaborados (chorizos, costillas, etc.) no podrán exponerse a temperatura ambiente más tiempo del necesario para su consumo.

-         Deberá contarse con lavamanos de accionamiento no manual con suministro suficiente de agua potable. fría y caliente en las zonas de manipulación v limpieza. Los cubiertos y vajillas que no sean de un sólo uso, se higienizarán de manera mecánica (lavavajillas). Además, contarán con un sistema que permita una correcta eliminación de aguas residuales a la red de alcantarillado público o un tratamiento y evacuación adecuado.

-         Los manipuladores dispondrán de la acreditación que justifique que poseen instrucción y formación en cuestiones de higiene alimentaria y en materia de alérgenos de acuerdo con su actividad laboral y buenas prácticas de manipulación de los alimentos.

-      Las materias primas envasadas deberán estarán debidamente etiquetadas, y todos los alimentos dispondrán de la documentación comercial que ampare la procedencia legal de los productos a la venta, a disposición de la inspección.



2.     PRACTICAS PROHIBIDAS

-   
      Exponer alimentos no envasados sin protección dentro vitrinas o mostradores que serán frigoríficos en caso necesario.

-         La venta, suministro y servicio de alimentos o comidas preparadas elaboradas en domicilios particulares o en establecimientos que no posean la autorización o inscripción en el registro correspondiente.

-         Consensuar volumen excesivo de alimentos elaborados (chorizos. costillas. paellas, etc.) sin protección adecuada (cámaras vitrinas o similar) y sin mantener en refrigeración (0-8ºC) o en mesa caliente (> 65oC) va que no se podrá garantizar su manipulación o conservación higiénica.

-         Elaboración de alimentos en zonas sin cubrir adecuadamente ni protegidas de las inclemencias meteorológicas adversas (lluvia. viento. sol. exceso de calor...) o en zonas potencialmente contaminantes (cerca de zonas de basura, alcorques de árboles, zonas de tierra o barro, rejillas de alcantarillas, desagües u otras).





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